miércoles, 23 de febrero de 2011

Dacion de Pago.

    Poco a poco va calando en la sociedad,en una parte al menos,esta figura del derecho que es contemplada para algunas cuestiones pero que no lo es en la actual ley hipotecaria que rige en España. Ahora se ha sumado la FEMP por medio de un comunicado hecho público hace unos dias,donde: "se pedirá al Gobierno y a los Grupos Parlamentarios que contemplen las modificaciones normativas oportunas para que las hipotecas puedan quedar saldadas con la entrega de la vivienda a la entidad financieraia".  Ya les adelanto a Vds. que tanto el PSOE como el PP han votado en contra ante una propuesta en estos mismos términos llevada al Senado por IU. 
   Pero algo es algo.  Ya sabemos que esto de la justicia,sobre todo cuando afecta a los poderosos, va en marchas cortas.   Aun así quiero recalcar que la posicio de la FEMP lo ha sido por unanimidad; y hay que recordar que esta Federación está formada por los alcaldes del PP y del PSOE en su mayor parte,como de sobra es conocido.   
  Y, otro paso que puede ser fundamental,vean.  " El titular del Juzgado de Primera Instancia número dos de Sabadell, Guillem Soler, pide así al TC que estudie si es necesaria una modificación de la Ley Hipotecaria para facilitar la entrega de la vivienda con el fin de saldar la deuda hipotecaria.
   El juez considera que la legislación debe adaptarse a las condiciones sociales y económicas actuales para evitar que los numerosos desahucios "generen exclusión social".
   Además, en el auto se pide también al TC que contemple elevar el valor de la vivienda que finalmente se quedan las entidades financieras, dado que actualmente, después de la subasta, bancos y cajas adquieren el inmueble por el 50% de su valor inicial.
   Esta práctica obliga a los ciudadanos desahuciados a seguir endeudados para cubrir la diferencia entre el valor de la vivienda y el importe total de la hipoteca que firmaron.
   Contra el auto no cabe recurso alguno, por lo que se espera ya una resolución por parte del Tribunal Constitucional, que no cuenta con un plazo determinado para dictar sentencia.  
   El magistrado de Sabadell considera que las cláusulas hipotecarias contienen un "intenso desequilibrio contractual" entre la entidad y el cliente, y, considera, que éstos contienen "abusos" porque "no son efectivamente negociados entre las partes sino mayoritariamente predispuestos por la entidad financiera".
   El juez, además, pone en cuestión que se decrete que el ciudadano haya incumplido su obligación de pago si ello no va acompañado del contexto en que se produce el impago.
   "Las garantías que ofrece al ejecutado la remisión legal al juicio declarativo correspondiente son tan frágiles e insubstanciales que no permiten superar el referido juicio de proporcionalidad constitucional", concluye el magistrado".
    Estos ultimos datos los he recabado de un blog titulado Economíaavanzada que ha resultado ser muy útil e interesante.   En fin,que habrá que esperar al TC.            

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